DEMO · Capacitación en Igualdad de Género y No Discriminación
Tus decisiones cambian la historia — y lo que tu empresa enfrenta después.
3 escenarios · Actividades interactivas · ~10 minutos
Eres Project Manager. Llevas 4 años en la empresa. Tienes buena relación con todo el equipo — incluyendo tu jefe. Hoy es una reunión de proyectos como cualquier otra.
Valeria Torres — Analista senior. 3 años en la empresa. Acaba de presentar la propuesta más fuerte del trimestre.
El Jefe — Director de proyectos. 12 años en la empresa. Respetado por todos, nunca cuestionado.

Valeria acaba de presentar su propuesta. Es la mejor idea de la sala. El jefe la escucha, hace una pausa, y dice:
"Las mujeres no son analíticas para este tipo de rol."
Le quita el proyecto a Valeria y te lo asigna a ti — frente a todos. Nadie dice nada.

La encuentras en el pasillo. "Ese proyecto era tuyo. Lo que hizo estuvo mal."
Valeria te mira cansada. "Lo sé. Pero si escalo esto, van a tomarla conmigo. Tiene mucho poder aquí."
Lo entiendes. Pero sabes que callarte significa quedarte con un proyecto que no es tuyo.
El AM MDT 006-2025 obliga a toda empresa a tener canales para reportar discriminación. El silencio de un testigo no elimina la responsabilidad — la consolida.

Lo buscas. Con calma: "El comentario estuvo mal. El proyecto era de Valeria."
Te mira fijo. "Eso no es lo que dije. Y el proyecto ya está reasignado. ¿Hay algo más?"
Sales sin el proyecto devuelto. Pero ahora hay un testigo de su respuesta.
Confrontar directamente es válido — y arriesgado. El canal formal de RRHH ofrece un registro que protege a ambas partes y activa las obligaciones del AM MDT 006-2025.
No dijiste nada. Seguiste con el proyecto semana tras semana — con ideas que Valeria había desarrollado.
Valeria fue transferida a otro departamento. El jefe ascendió en febrero.
Ahora RRHH está investigando. Te preguntan por qué crees que se fue.
El silencio de los testigos no protege a la empresa — la expone. El AM MDT 006-2025 establece que la empresa responde por los actos de sus representantes, con o sin queja formal.
Carlos,
Se ha abierto una investigación interna bajo el protocolo del Acuerdo Ministerial MDT 006-2025, artículo 15, por un posible acto discriminatorio durante la reunión del equipo de proyectos del pasado martes 18 de marzo.
Has sido identificado como testigo presencial. Tu declaración es voluntaria, pero te recuerdo que el artículo 42 del Código del Trabajo establece la obligación del empleador — y de todos sus colaboradores — de mantener un ambiente laboral libre de discriminación.
La reunión está programada para mañana, miércoles 20 de marzo, a las 10:00 en la sala de Recursos Humanos.

Abrieron una investigación formal. Te llaman como testigo. Saben que estabas en esa reunión. Saben que llevas semanas trabajando en un proyecto que Valeria desarrolló.
"Carlos, necesitamos que nos cuentes exactamente lo que viste."

Con tu testimonio, RRHH contactó a Valeria. Ella accedió a declarar. Dos testimonios concordantes.
El jefe recibió una amonestación formal. El proyecto fue restituido a Valeria. La empresa actualizó su protocolo de no discriminación.
"Gracias por decir la verdad, Carlos. No es fácil."

RRHH notó los huecos. Sin un testimonio claro, el proceso se alargó meses. El jefe siguió en su puesto. Valeria solicitó un traslado.
La empresa contrató un abogado laboral — por las dudas.
"Carlos, si recuerdas algo más concreto, puedes ampliar tu declaración en cualquier momento."

Sin testimonio, RRHH cerró el caso. El jefe no fue cuestionado. Valeria renunció dos meses después.
En su carta de salida: "El entorno no era seguro."
Seis meses más tarde, el MDT recibió una queja externa. La empresa no tenía protocolo documentado de no discriminación.
El AM MDT 006-2025 exige documentar y sancionar actos discriminatorios. El responsable recibe una amonestación formal en su expediente.
Sin protocolo de no discriminación, el MDT puede multar directamente a la empresa — independientemente del tamaño.
Valeria puede presentar una queja formal ante el MDT. Si prospera, la empresa debe restituirla en su cargo y cubrir costas del proceso.